La directiva n°96/71/CE tiene como objetivo aclarar la situación de los trabajadores móviles en desplazamiento temporal en un Estado miembro:
Existen 3 tipos de desplazamiento:
La empresa que emplea trabajadores desplazados tiene una obligación declaratoria en el país de acogida.
El trabajador está sujeto a la legislación laboral del país de origen PERO ciertas reglas del país anfitrión «núcleo central de las condiciones laborales» resultarían aplicables (salario mínimo, tiempo de trabajo legal, períodos de descanso, permisos, porcentaje de retribución de las horas extraordinarias, etc.).
La duración máxima del desplazamiento es de 24 Meses.
El trabajador se mantiene en el esquema de protección social del Estado de establecimiento.
La Comisión Europea presentó en marzo de 2016 una propuesta para revisar las normas sobre el desplazamiento de trabajadores. Esta revisión abarca tres áreas principales: la remuneración de los trabajadores desplazados, las normas sobre los trabajadores temporales y el desplazamiento a largo plazo. En noviembre de 2017, el Consejo Europeo acordó un enfoque general sobre la propuesta de la Comisión → los trabajadores desplazados deberán beneficiarse de las mismas normas sobre salario y condiciones de trabajo que los trabajadores locales.